Paga, remuneración y otras prestaciones

Con qué prestaciones pueden contar las y los voluntarios durante su ASV? Reciben un salario, una retribución, una remuneración o una paga? He aquí la respuesta: el voluntario o voluntaria no recibirá ningún sueldo, ya que no se trata de una relación laboral o formativa. Su trabajo es voluntario, aunque tiene derecho a una paga, además de múltiples ventajas y descuentos adicionales.

Paga

La institución o el organismo donde se desempeñe el ASV será el encargado de fijar la cuantía de la paga a percibir. La ley prevé un límite del seis por ciento sobre la base de cotización vigente en el seguro de jubilación de trabajador y empleador. Actualmente son 330 Euro, aunque por regla general se suele pagar una retribución mensual de 150 Euro.

Derecho a alojamiento y mantutención gratuitos

Las y los voluntarios tienen derecho a alojamiento y manutención gratuitos, que correrán a cargo de la institución. Algunos puestos de trabajo ofrecen, además, ropa de trabajo. En el caso de no ofrecer alojamiento y manutención, la institución tendrá que compensarlos económicamente.

Derecho a prestación familiar por hijos

Las y los voluntarios tienen derecho a la prestación familiar por hijos (Kindergeld en alemán), a las deducciones fiscales por hijos (Kinderfreibeitrag), así como a otras prestaciones relacionadas con los hijos durante su ASV.

Seguridad Social

Las y los voluntarios del ASV gozarán de un seguro social público gratuito. Así pues, el seguro social obligatorio prestará cobertura a nivel médico, asistencial, de jubilación, de accidentes y de desempleo. Las cuotas correspondientes serán abonadas por el organismo responsable del voluntariado o por la institución donde se lleve a cabo, que asumirá el gasto de ambas partes (empleador y empleado).Derecho a vacaciones

Las y los voluntarios tienen derecho a 24 días de vacaciones por año de servicio (12 meses). Según la ley alemana de protección del trabajo juvenil, los menores de edad tendrán derecho a un período vacacional más largo.

Derecho a orientación pedagógica

La o el voluntario del ASV tiene, por ley, derecho a orientación y asesoramiento pedagógicos, que asumirán conjuntamente el lugar de trabajo y la institución. La iniciación en la materia, por el contrario, se llevará a cabo en el puesto de trabajo. El organismo central de la que depende la institución tiene que impartir un curso de 25 días como mínimo. Además, tiene que ofrecer un espacio de asesoramiento personal.

Carnet del ASV

Tan pronto como las y los voluntarios hayan empezado el servicio, recibirán un carnet del ASV, que les dará derecho a los mismos descuentos y ventajas de los que gozan los estudiantes.

Certificado de trabajo

Una vez finalizado el Año Social Voluntario, la o el voluntario tiene derecho a solicitar a la insititución un certificado de trabajo por escrito sobre su actividad durante el ASV.

Legislación de protección laboral

Para la o el voluntario seran válidas las disposiciones generales de protección laboral correspondientes.

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